Seguro de Salud
El seguro de salud es el mejor complemento para las personas que tienen prepaga, obra social o el servicio público de salud.
¿Qué riesgos se encuentran cubiertos?
Renta diaria por internación.
Renta diaria por internación en terapia intensiva.
Enfermedades graves.
Trasplante de órganos.
Servicios adicionales.
La contratación es online, no es necesario moverte de tu casa
Servicios adicionales
| ASISTENCIA MEDICA PLUS | COBERTURAS EVENTOS |
| Phono-med / Telemedicina | 6 eventos al año |
| Medico a domicilio | 6 eventos al año |
| Enfermero a domicilio (inyecciones y curaciones) | 6 eventos al año |
| Descuento del 50% en medicamentos recetados | 6 eventos al año |
| Ambulancia por emergencia o enfermedad grave | Sin límite |
| Asistencia odontológica ante emergencias o dolor agudo | 3 eventos al año |
| Empleada domestica en caso de internación* (4 hs.) | 3 eventos al año |
| Lavadero de ropa en caso de internación* (10 kgs.) | 3 eventos al año |
| Acompañante nocturno por internación* | 3 eventos al año |
| Descuento del 50% en ortopedias (incluye internación domiciliaria) | 3 eventos al año |
Cobertura por evento: $ 3.000.
Beneficiarios: Titular + Grupo Familiar Primario
*Asistencia por internación solo del titular de la póliza.
Renta diaria
Se concederá el beneficio cuando al Asegurado sea internado por enfermedad o accidente en un
establecimiento Asistencial con un período de espera de 5 días retroactivo y un máximo de 30 días.
Asimismo se indemnizará el beneficio tanto en internación domiciliaria como en establecimientos no
asistenciales en caso de diagnóstico confirmado de COVID 19.
¿ Qué se considera como Establecimiento Asistencial?
Sanatorio, Hospital, Clínica, Instituto o Policlínico que se halle habilitado legalmente para funcionar por el
Organismo de Control Sanitario correspondiente, Municipal, Provincial o Nacional y autorizado por éste, a
dar asistencia y tratamiento clínico al tipo de enfermedad padecida por el Asegurado y posea además,
servicio de enfermeros durante las 24 horas del día y esté equipado para cirugía mayor.
Enfermedades graves
Se concederá el beneficio cuando el Asegurado padezca exclusivamente alguna de las siguientes enfermedades descriptas a continuación:
Cáncer.
Infarto de Miocardio.
Accidente Cerebro Vascular.
Operación de By-Pass.
Insuficiencia Renal Crónica.
Parálisis.
Distrofia Muscular.
Esclerosis Múltiple.
Renta diaria por internación en terapia intensiva
Se concederá el beneficio cuando al Asegurado sea internado por enfermedad o accidente en un establecimiento Asistencial en una Unidad de Terapia Intensiva o Unidad Coronaria, con un período de espera de 5 días retroactivo y un máximo de 30 días.
El presente beneficio es adicional al pago de la cobertura de Renta Diaria por Internación
Trasplante de órganos
Se concederá el beneficio cuando al Asegurado se le diagnostique la necesidad de ser sometido a algunos de los siguientes trasplantes:
Trasplante de Médula Osea
Trasplante Cardíaco
Trasplante Cardiopulmonar
Trasplante Hepático
Trasplante Renal
Trasplante de Páncreas
Trasplante Pulmonar


