Si sos acompañante terapéutico o maestro integrador, necesitás dos seguros: responsabilidad civil, que te cubre si tu paciente o alumno sufre un daño mientras está a tu cargo, y accidentes personales, que te cubre a vos, porque como monotributista no tenés ART. Te entregamos las pólizas en el momento, por WhatsApp, con las cláusulas que te pidan la obra social, la prestadora o la escuela.
Responsabilidad civil comprensiva
- Daños a tu paciente o alumnoSi se lastima mientras está a tu cargo
- Daños a tercerosEn la casa, la escuela, la institución o la vía pública
- Tu defensaAbogados y gastos judiciales si te reclaman
Accidentes personales
- Tus accidentesMientras trabajás y en los traslados
- Asistencia médicaPor reintegro o prestacional, como una ART: vos elegís
- Lucro cesanteUna ayuda por los días que no podés trabajar
- Invalidez y muerteIndemnización según la suma asegurada
¿Quién te pide el seguro?
- Obras sociales y prepagas, para darte de alta como prestador. Por ejemplo, el IOSFA (la obra social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad) incluye el "seguro de mala praxis / responsabilidad civil" entre los requisitos del acompañante terapéutico.
- Escuelas, para que el maestro integrador pueda trabajar dentro del aula. Suelen pedir el certificado de la póliza a su nombre.
- Centros de día, instituciones y prestadoras que te contratan para atender a sus pacientes.
Aunque nadie te lo exija, conviene tenerlo: trabajás con personas que muchas veces están en una situación de vulnerabilidad, y un accidente puede pasar en cualquier momento.
¿Por qué necesitás responsabilidad civil?
Mientras el paciente o el alumno está a tu cargo, tenés un deber de cuidado. Si se cae, se lastima o lastima a otro, la familia o la institución pueden reclamarte a vos. El Código Civil y Comercial establece que todo daño injustificado debe repararse (art. 1716). El seguro paga la indemnización, hasta la suma asegurada, y tu defensa (Ley de Seguros 17.418, arts. 109 y 110).
Una póliza pensada para tu actividad. Como el acompañamiento terapéutico y la integración escolar en general no tienen matrícula, no se pueden asegurar con una póliza de responsabilidad civil profesional como la de un médico. Por eso armamos una responsabilidad civil comprensiva con la condición expresa de que cubre tu actividad de acompañante terapéutico o maestro integrador. Así no quedan dudas, ni para la aseguradora ni para quien te pide el seguro.
¿Por qué necesitás accidentes personales?
La ART cubre solo a los trabajadores en relación de dependencia. Si trabajás como monotributista, que es lo habitual en el acompañamiento terapéutico y en la integración escolar, no tenés ART. Si te lastimás trabajando, por ejemplo en una salida con un paciente, en un traslado o con un paciente que se descompensa, la póliza de accidentes personales es tu única cobertura.
Asistencia médica: por reintegro o prestacional
La asistencia médica y farmacéutica de una póliza de accidentes personales se puede contratar de dos formas, y te ofrecemos las dos:
- Dineraria, por reintegro: es la póliza común. Si te accidentás, te atendés donde quieras, pagás vos y después la aseguradora te devuelve los gastos hasta el monto contratado.
- Prestacional: ante un accidente, la aseguradora se ocupa de todo, como si fuese una ART. Te deriva a sus prestadores y cubre la atención médica, la internación, los medicamentos y la rehabilitación, sin que tengas que adelantar plata. La armamos con la misma suma asegurada que muerte e invalidez, para que no te quedes corto en un accidente serio.
Además, a nuestras pólizas les sumamos una cobertura chica de lucro cesante, que te ayuda con los días en que no podés trabajar por el accidente.
| Dineraria (por reintegro) | Prestacional | |
|---|---|---|
| Ante un accidente | Te atendés donde quieras | La aseguradora te deriva y te atiende |
| Quién paga la atención | Vos, y después pedís el reintegro | La aseguradora, directamente |
| Funciona como | Una póliza común de reintegro | Una ART |
¿Qué necesitás para contratarlo?
- DNI y constancia de CUIT o monotributo.
- Tu actividad: acompañante terapéutico o maestro integrador.
- Título o certificado de formación, si te lo piden.
- Para quién es el certificado: obra social, prepaga, escuela o institución, con su razón social y CUIT si lo piden a su nombre.
Todo por WhatsApp, sin moverte de tu casa. Te entregamos las pólizas en el momento, con las cláusulas que desees o que te exijan, como la cláusula de no repetición o el certificado a nombre de la escuela u obra social. Es una de las pólizas que más emitimos y de las más económicas. Se puede pagar con tarjeta de crédito.
Preguntas frecuentes
¿Qué seguro necesita un acompañante terapéutico?
Responsabilidad civil, que cubre los daños que pueda sufrir o causar el paciente mientras está a su cargo y su defensa, y accidentes personales, que lo cubre a él porque como monotributista no tiene ART. Como la actividad en general no tiene matrícula, la RC se arma como responsabilidad civil comprensiva con la condición de que cubre la actividad de acompañante terapéutico.
¿Qué seguro necesita un maestro integrador?
Los mismos dos: responsabilidad civil comprensiva, con la condición de que cubre su actividad de maestro integrador, por los daños al alumno o a terceros mientras está a su cargo, y accidentes personales para cubrirse a sí mismo. Las escuelas suelen pedir el certificado de la póliza.
¿El monotributista tiene ART?
No. La ART cubre solo a los trabajadores en relación de dependencia. Por eso el monotributista necesita una póliza de accidentes personales.
¿Qué es una póliza de accidentes personales prestacional?
Es una póliza en la que, ante un accidente, la aseguradora se ocupa de todo como si fuese una ART: deriva al asegurado a sus prestadores y cubre la atención médica, la internación, los medicamentos y la rehabilitación, sin que tenga que adelantar dinero. La alternativa es la póliza dineraria, por reintegro: el asegurado paga y después pide la devolución. Ofrecemos los dos sistemas; la prestacional la armamos con la misma suma asegurada que muerte e invalidez.
¿Pueden emitir el certificado a nombre de la escuela o la obra social?
Sí. Indicanos la razón social y el CUIT de quien te lo pide y lo incluimos en el certificado.
¿Cuánto tarda la emisión?
Te entregamos las pólizas en el momento, con las cláusulas que desees o que te pidan.
¿Se puede pagar con tarjeta?
Sí, se puede pagar con tarjeta de crédito.
¿Sos médico u otro profesional de la salud? Mirá nuestra página de seguro de responsabilidad civil y mala praxis.